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ARTICULO 62 CONSTITUCION ESPAÑOLA

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Articulo 62 Corresponde al Rey: a) Sancionar yu promulgar las leyes. b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar eleciones en los terminos previstos en la Constitucion. c) Convocar a referendu en los casos previstos en la Constitucion. d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su  caso, nombrarlo, asi como poner fin a sus funciones en los terminos previstos en la Constitucion. e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente. f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y ditinciones...